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2026-09-03 7 min lectura Contenido Verificado

Impuesto a los dividendos en Colombia: Retención para personas naturales

En Síntesis

Reglas tributarias para ganancias de capital y dividendos gravados vs no gravados.

DJ
David J. Editor Financiero & Desarrollador Principal
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El Estatuto Tributario establece reglas específicas para la retención sobre dividendos recibidos por personas naturales residentes en Colombia.

Dividendos No Gravados (Artículo 242 del E.T.)

Corresponden a utilidades sobre las cuales la empresa ya pagó el impuesto de renta corporativo (35%).

Tarifa progresiva: Los primeros 1.090 UVT recibidos en el año están exentos de tarifa. Sobre el excedente aplica una tarifa marginal del 15%.

Dividendos Gravados:

Si la empresa distribuye utilidades sobre las cuales no pagó impuesto a nivel corporativo, se aplica una retención inicial del 35% y sobre el neto resultante se aplica la tabla progresiva de personas naturales.

Aviso de Transparencia Financiera: Los simuladores e información del blog tienen carácter meramente educativo e informativo. No constituyen asesoría de inversión formal. Las tasas están sujetas a variaciones macroeconómicas y condiciones del emisor.

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